Conscientes de la responsabilidad como institución, de velar por el respeto a los derechos del paciente, también se espera de este y su familia la observancia de los deberes:
- Ofrecer un “Trato respetuoso” al personal de salud y administrativo de la Institución dentro y fuera de las instalaciones.
- Colaborar con el cumplimiento de las instrucciones y ordenes correspondientes al Plan de Tratamiento, que sean emitidas por el equipo interdisciplinario incluidas en el Plan de Manejo.
- Participar en el proceso curativo del usuario asumiendo la educación y entrenamiento que el equipo interdisciplinario indique.
- Debe contar con la presencia permanente de un miembro de la familia y/o del médico tratante.
- Preservar los dispositivos médicos y equipos técnicos dispuestos para el manejo del proceso de atención domiciliario.
- Disponer las condiciones básicas para el mantenimiento basal como la atención e higiene, entre otras.
- Revisar y firmar el registro como las plantillas y la historia clínica para dar por recibidos los servicios prestados de igual forma el alta voluntaria en caso de no aceptar los tratamientos.
- Cancelar los copagos, cuotas moderadoras o bonos establecidos por la EAPB para la atención domiciliaria, según lo establece la normatividad.
- Respetar las competencias técnicas del personal que hace parte del equipo de la prestación de servicios.
- Admitir los cambios de personal de enfermería, terapeutas y médicos establecidos por el coordinador del programa.
- Utilizar los canales de comunicación establecidos con la Dirección de Servicio Médicos y con el área de atención al cliente.
- Colaborar con el proceso de residuos hospitalarios y manejo de ruta sanitaria.
- Suministrar información veraz y oportuna requerida por el grupo interdisciplinario.